AYUDAS DIRECTAS PARA AGENCIA DE VIAJES 23
Requisitos
- Deben estar desarrollando su actividad con anterioridad a la fecha del 14/03/2020.
- Centro productivo y domicilio fiscal en Andalucía.
- Que las agencias de viajes estén inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía con código de inscripción de Andalucía, o en caso de establecimientos franquiciados, que estén anotados en dicho Registro.
- Caída de ventas de al menos un 20% en el ejercicio 2021 respecto al ejercicio 2019.
- No ser una empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019.
Cuantía subvencionable
- Sin trabajadores por cuenta ajena hasta 3.000 €.
- De 1 a 9 trabajadores por cuenta ajena hasta 10.000 €.
- De 10 o más trabajadores por cuenta ajena hasta 20.000 €.
Gastos Subvencionables
- Materias primas.
- Existencias.
- Alquileres.
- Suministros tales como agua, electricidad, telefonía y gas.
- Gastos de personal, incluyendo tanto gastos salariales como de
- Seguridad Social.
- Seguros de daños y Responsabilidad Civil.
- Limpieza.
- Mantenimiento y reparación de vehículos afectos a la actividad.
- Seguridad.
Asesoría fiscal, laboral y contable. - Medidas protectoras y equipamiento necesario como respuesta efectiva a la crisis de salud pública provocada por el COVID, como equipos de protección, mamparas y pruebas COVID.
❗Estos gastos subvencionables habrán de haberse realizado en el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021. A estos efectos se entenderá como gasto realizado únicamente el gasto que ha sido efectivamente pagado en dicho periodo❗
Para más información, visite la web del gobierno de España donde encontrarás toda la información de las ayudas y subvenciones que encuentras en esta página. Haz click aquí
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