AYUDAS DIRECTAS PARA AGENCIA DE VIAJES 23

Requisitos

  • Deben estar desarrollando su actividad con anterioridad a la fecha del 14/03/2020.
  • Centro productivo y domicilio fiscal en Andalucía.
  • Que las agencias de viajes estén inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía con código de inscripción de Andalucía, o en caso de establecimientos franquiciados, que estén anotados en dicho Registro.
  • Caída de ventas de al menos un 20% en el ejercicio 2021 respecto al ejercicio 2019.
  • No ser una empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019.

Cuantía subvencionable

  • Sin trabajadores por cuenta ajena hasta 3.000 €.
  • De 1 a 9 trabajadores por cuenta ajena hasta 10.000 €.
  • De 10 o más trabajadores por cuenta ajena hasta 20.000 €.

Gastos Subvencionables

  • Materias primas.
  • Existencias.
  • Alquileres.
  • Suministros tales como agua, electricidad, telefonía y gas.
  • Gastos de personal, incluyendo tanto gastos salariales como de
  • Seguridad Social.
  • Seguros de daños y Responsabilidad Civil.
  • Limpieza.
  • Mantenimiento y reparación de vehículos afectos a la actividad.
  • Seguridad.
    Asesoría fiscal, laboral y contable.
  • Medidas protectoras y equipamiento necesario como respuesta efectiva a la crisis de salud pública provocada por el COVID, como equipos de protección, mamparas y pruebas COVID.

❗Estos gastos subvencionables habrán de haberse realizado en el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021. A estos efectos se entenderá como gasto realizado únicamente el gasto que ha sido efectivamente pagado en dicho periodo❗

Para más información, visite la web del gobierno de España donde encontrarás toda la información de las ayudas y subvenciones que encuentras en esta página. Haz click aquí

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